Definición:
- Es la norma principal que rige los derechos de los trabajadores en España.
El término estatutos corresponde al plural de la palabra estatuto y por la misma se refiere a aquella variedad de normas jurídicas cuya característica común resulta ser que regulan las relaciones que se establecen entre ciertas personas, que como rasgo en común comparten la pertenencia a un mismo territorio o sociedad, es decir, un estatuto es una forma del derecho propio, aquel derecho de aplicación particular o especial.
Títulos:
- I Disposiciones generales
-II Los derechos de representacion colectiva y de reunión de los trbajadores en la empresa.
-III De la negociación colectiva y de los convenios colectivos
-IV Infracciones laborales
Imagen:
No hay comentarios:
Publicar un comentario